viernes, 31 de marzo de 2017

Pregunta 80

Aquí se ve que, con la misma encuesta, se estima que un referéndum unilateral e ilegal (apoyado por más del 50% de la población) y si fuera solo unilateral y acordado (véase tolerado) (apoyado por casi el 75% de la población) daría un SI clarísimo a la independencia, del orden del 58% ...!!!



Es la pregunta  80 del resumen en español.


(43,3%  de favorables al SI con una participación del 74,4%  =  58,2% de SI a la independencia).
Aquí.


Y si mañana se celebrase un referéndum para decidir la independencia de Catalunya convocado
y organizado por la Generalitat y sin el acuerdo del Gobierno español, ¿usted qué haría?
(N=1500; respuesta simple; %)
Informe de resultados, BOP. 1ª ola 2017
Comportamiento electoral

Votaría a favor de la independencia  43,3
Votaría en contra de la independencia 22,2
Votaría en blanco 6,2
Votaría nulo 1,7
Se abstendría / no iría a votar 20,7
Indecisos 4,7
No contesta 1,2


Así las cosas, ¿se puede afirmar que está bajando el independentismo?

Como las caracas de Machín

FJL el rayo que no cesa, la prueba de que el humor nos hará más libres.
Aquí.

Extraños globos sonda

Llega el  nuevo globo sonda catalán y se extraen conclusiones de lo más extrañas.
Aquí.

Por ejemplo: se dice que baja el apoyo al independentismo (hoy sólo el 44,3 %)  pero la misma encuesta dice que los favorables a un referéndum ilegal superan el 50% (50,3%).

Aquí alguien miente, pues: ¿cabe en cabeza humana que a quien le parezca bien una consulta ilegal no vaya a votar por la independencia?


Otra cosa extraña: se considera que ERC y PdCAT irán en una misma candidatura, harto improbable.

En cuanto a tendencias, sube Colau y baja C's. Plausible...









jueves, 30 de marzo de 2017

Divorcio a la inglesa

May, la xenófoba, serpenteando en El País y hablando de tú a tú con España.
Aquí.


La triste realidad: no hay ni un solo español de rango en el equipo negociador del divorcio entre el RU y la UE.

miércoles, 29 de marzo de 2017

Valls va a Mahoma

Si el valle no va a Mahoma, Valls sí: se traiciona ya en la primera vuelta.
No tiene palabra: prometió respetar el resultado de las primarias y apoyar a su ganador.
Aquí.


¿Ni siquiera podía esperar a la segunda vuelta?

Una premier

El día de la firma de la infamia y la deslealtad del Brexit, entrevista con una mujer que ojalá fuera la premier.

Aquí.

Tres palancas y una confesión

Josep Piqué en TVE, 9h 50, preguntado por cómo se ha llegado a lo que se ha llegado en Cataluña:

"Ha habido tres palancas: La inmersión ideológica, de contenidos,  en la educación; los medios de comunicación públicos al servicio de la causa soberanista; y un oscurecimiento de la presencia de las instituciones y de los símbolos del Estado en Cataluña (mea culpa incluido)".


Dice que "la CE no contemplaba la transferencia de "educación", y que los Estatutos los incluyen de rondó, como "competencia plena", dejando al Estado la Alta Inspección. Y ahí ha habido una abdicación del Estado en sus diferentes gobiernos".



martes, 28 de marzo de 2017

Subjetivismo mortífero

Naím muestra una datos sorprendentes.
Y más las causas: las expectativas frustradas.
Aquí.

Una prueba más de que lo subjetivo se convierte en objetivo.

Boixos nois

La CUP defiende a sus boixos nois, porque son ellos mismos.
Aquí.

La violencia es siempre grados de violencia.

Susana, esperanza blanca

Que haya habido que esperar décadas para que una mujer optara a la Moncloa, y, probablemente, sea ésta...

Aquí.

lunes, 27 de marzo de 2017

Guionizar la verdad

Se busca guionista.
Requisitos: decir la verdad.

Aquí.

Urnas de ricino

Los violentos oCUPan la sede del PP para publicitar el referéndum, genios como son del marketing. Para tensionar un poco el ambiente, que diría ZP.
Aquí.

Unos mossos mal en su pellejo los han desalojado en vernáculo y casi con palmaditas en las espalda.





El enano del bosque catalán

Un enano en un bosque de erratas y errores conceptuales.
Aquí.

El padre del cordero

FJL clamando cada vez más en el desierto y señalado al  "padre" del cordero.
Aquí.


Mientras, en lo que queda de España: esto.

Lógoco, es lo que dan niveles muy bajos de lectura.

domingo, 26 de marzo de 2017

Línea de división de las aguas

¿C's hará aguas?
Aquí.








Merkel 1- Encuestas 0

Merkel pone en evidencia las encuestas (aquí) y mejora resultados (23 o 24 escaños) en Sarre y los socialistas (17 como en 2012)  y, sobre todo, la escisión radical de La Fontaine (7 antes 9) y los ecologistas (0 antes 2), que retroceden en votos y juntos no suman ni los 28 escaños de 2012 que hubieran podido permitirles gobernar; pero no lo hicieron porque los socialista prefirieron pactar con los democristianos.
Aquí.

Esta vez el SPD no le conviene hacer coalición con a CDU, así que a ver quién gobierna en el pequeño Estado, con tres escaños para los ultras de AfD, que se pueden convertir en árbitros.


El arte de no decir nada

Rajoy en una larga entrevista para no decir nada (sustancial o que no se sepa).
Aquí.

Y, además, la trista constatación de que Rajoy no sabe lo que es el acervo comunitario.
Violar una constitución de un Estado miembro no es violar el acervo comunitario (hay constituciones y constituciones entre los miembros de la UE, y algunas con preceptos de lo más peculiares).






sábado, 25 de marzo de 2017

La levedad del Savater

Fernando Savater logra lo que casi nadie: hablar de lo más trágico con humor, con ligereza, y sin faltar a la verdad.

Aquí.

Trialogando con Muñoz Machado

Aquí la entrevista original de Fernando Palmero con  Muñoz Machado.


...

 Y aquí debajo la entrevista con los añadidos en verde que este extranjero pro le habría planteado al profesor y académico.


Por Fernando Palmero (y el extranjero pro).
Autor de una prolífica y rigurosa obra jurídica y ensayística, desde que en 2013 leyese su discurso de ingreso en la RAE (donde además de ocupar el sillón r ejerce de secretario) se propuso revalorizar las contribuciones del Derecho a la lengua. Fruto de ese empeño son un voluminoso Diccionario del Español Jurídico y un Libro de estilo de la Justicia (ambos dirigidos por él), con los que pretende que el lenguaje jurídico abandone su fama de enrevesado y oscuro.
Pero esa es sólo una de las tareas de su incansable actividad intelectual. Catedrático en la Universidad Complutense y director y editor de la revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho, por su despacho han pasado, para su revisión, las más importantes leyes que han aprobado los sucesivos gobiernos democráticos. Secretario de la Comisión que redactó el primer borrador de transferencias a la Generalitat reinstaurada por Tarradellas en 1977, y miembro del equipo de expertos dirigido por García Enterría que elaboró un informe para la armonización del proceso autonómico, afirma que tras el fracaso de aquel intento, reflejado en la Loapa que descafeinó del Tribunal Constitucional en 1983, «la invención del nuevo Estado quedó sometida a la más estricta improvisación». Y eso, unido a las fallas que presenta la propia Constitución de 1978 y a su deficiente aplicación por parte de una clase política con poca visión de Estado son las causas principales de la crisis institucional y política por las que atraviese nuestro país desde hace años.

-Su último libro comienza recuperando el debate de los constituyentes estadounidenses sobre la durabilidad de una Constitución y el riesgo de que una generación pasada imponga a la actual su modelo. ¿Cree que existe una motivación generacional para cambiar la nuestra de 1978?

Aquel debate, que iniciaron los mayores políticos de su tiempo, como Thomas Jefferson, se retomó en Francia con motivo de la Constitución de 1791, pero se resolvió enseguida, estableciendo dos principios: cada generación tiene derecho a tener su Constitución; ahora bien, para cambiarla debe seguirse el procedimiento establecido, que puede ser más o menos severo, más o menos difícil de cumplimentar dependiendo de si la Constitución quiere autoprotegerse o no. En nuestro caso, salíamos de un período de dictadura y nuestra Constitución quiso
blindarse para que no fuese fácil la reforma y que perdurara.

*¿Pero en 1791 la Constitución francesa fracasó pues acarreó la caída del monarca “constitucional”  y dio paso al  Terror en otoño de 1792 y la ejecución del rey en enero de 1793  ¿no? Y la nueva constitución, de 1793, la llamada del Año I, en realidad  nunca se llegó a aplicar…

-¿Es realmente necesaria una reforma?

La Constitución necesita modificaciones, porque se hace antigua y es necesario adecuarla a los tiempos. Una Constitución que no se modifica es una Constitución que al final acaba siendo derribada entera. La experiencia histórica española es que las Constituciones, cuanto más rígidas han sido, más pronto han sido sustituidas, por mil procedimientos que no se han atenido a los de reforma, sino que han sido eliminadas de hecho en el marco de golpes de Estado, de algaradas, de movilizaciones...

*¿Entonces, más valdría que la reformásemos cuanto antes, ¿no le parece?

-¿Tienen razón los que reclaman un nuevo proceso constituyente?

La mayoría política se resiste hoy a abrir un nuevo proceso constituyente, yo creo que con razón. La Constitución que tenemos es buena en general, están bien reguladas las instituciones del Estado, no hay mucho que decir sobre el Parlamento o sobre la protección o las garantías de los derechos fundamentales.

*¿También sobre el Senado? ¿Y sobre la independencia de los  más altos tribunales,  y respecto de la fiscalía?

 Cambiar la Constitución de arriba abajo no tendría ningún sentido. Además no habría cosas nuevas que decir, que es lo mejor que se puede observar ante estas pretensiones de reforma. Las Constituciones están muy condicionadas por la Historia. La nuestra, ahora, lo está por nuestra posición como miembros de la UE, es decir, que el soberano constituyente es mucho menos soberano de lo que lo fue en otras épocas.

*Pero si nuestra Constitución es previa a la entrada en la Europa comunitaria… Sólo ha habido una extraña reforma (art. 135) originada por la pertenencia al club europeo, y, además, ésta se hizo casi por la puerta de atrás y con nocturnidad veraniega, con el acuerdo de sólo dos partidos y fijando un techo de gasto cuya vigencia depende de unos tratados europeos sujetos a posibles modificaciones o revisiones… ¿En qué un cambio de modelo territorial afectaría a nuestra condición de miembro de la UE?


 Hay algo que cambiar en nuestra Constitución, sí, pero no se puede construir una muy diferente a la que tenemos.

            *¿No se puede plantear el federalismo o el confederalismo,  o incluso la República? ¿O un modelo centralista?  ¿Por qué no?

-¿Usted sería partidario de dejar la Constitución como está y modificar sólo el Título VIII?

Habría más cosas que modificar. Hay derechos nuevos que hace falta que tengan una acogida y un tratamiento diferentes, pero si hubiera que jerarquizar las necesidades la única modificación que se presenta como muy urgente es la del Título VIII.


*¿Cuáles serían esos nuevos derechos? ¿Por qué la reforma del Título VIII es lo más urgente?

 Y lo es porque se está dejando que el modelo se pudra en apariencia sin consecuencias, pero el Estado se desarticula poco a poco y la Constitución va desapareciendo hasta que al final puede estallar como si estuviera hecha de arena. Y los grilletes de arena no detienen a nadie.

*Entonces, vista la situación, el problema del modelo territorial,  es mucho más grave de lo que parece ¿no cree usted?

-¿Esa modificación se haría para recentralizar la administración o para hacerla federal?

Yo no me imagino que a nadie se le ocurra ahora hacer una reforma constitucional para volver a un sistema centralista. Eso sí que sería revolucionario y no habría ninguna fuerza política que lo aceptase.

*¿Por qué ninguna fuerza se atrevería a propugnar una centralización? En qué sería esto revolucionario, como dice…


Ahora, que no sea posible una recentralización no quiere decir que no haya que examinar cómo están hechos los repartos de competencias entre el Estado y las CCAA para ajustarlos mejor, algunas veces a favor de las CCAA y otras veces a favor del Estado.

*¿Pero cabe imaginar, en línea con su visión realpolitk,  que algunas CCAA retrocedan competencias?


Si hemos observado en 40 años que hay cosas que no van bien, que los procedimientos de decisión no son los más razonables, planteémonoslos de nuevo.

*¿Qué procedimientos no han funcionado en su opinión? ¿Debería reinstaurarse el recurso previo de constitucionalidad, por ejemplo? ¿El Senado debería tener funciones reales de Cámara territorial? ¿Cómo resolver los conflictos de competencias? ¿cómo hacer que se cumplan las sentencia del TC?

 Y en cuanto al sistema federal, yo creo que no aporta nada que no esté ya en nuestra Constitución, que es de planta y de carácter federal y que además tiene una ventaja sobre los sistemas federales: tiene un menor uniformismo. En el esquema federal todos los estados tienen las mismas competencias, las mismas instituciones y todos participan en el Estado a través de los mismos órganos. El nuestro permite una mayor heterogeneidad, una mayor asimetría, porque en los Estatutos se pueden recoger las particularidades, esos hechos que en cada región son distintos. El Estatuto es un gran invento político y técnico, porque es una norma muy versátil. Lo inventan los nacionalistas catalanes durante la II República, de modo que no deberían repudiarlo.

*Pero muchas fuerzas cuestionan el autonomismo: los nacionalistas porque consideran que las asimetrías que usted menciona no son suficientes para recoger los hechos diferenciales; los socialistas porque o bien prefieren un modelo realmente federal simétrico o porque (el PSC y una parte de PSOE) aspiran a un modelo confederal, que poco tiene que ver con el federalismo… Y  Unidos Podemos, porque quieren que todas o al menos algunas CCAA tengan el “derecho a decidir la secesión” que tiene Quebec. A día de hoy sólo el PP y C’s no ponen en tela de juicio el modelo territorial… ¿No significa eso que el autonomismo ha fracasado?

-¿Cree que en la deriva de Artur Mas hay una intención de ocultar la corrupción?

Todo contribuye, hay muchas cosas de las que están ocurriendo que parecen una huida hacia delante. Pero si eso se debiera a que han visto una manera de tapar sus vergüenzas, sería de una gravedad insólita. Que unos individuos que se han apoderado del poder y lo han utilizado para enriquecerse, lo sigan utilizando para tapar frente a la justicia y los ciudadanos esa situación poniendo por delante el nombre de la nación catalana, y que además revolucionen al pueblo para que los apoye, es de una perversidad inconcebible.

*¿Y cómo se puede estar seguro de que es así? Las aspiraciones secesionistas de unos y otros pueden converger, partiendo de motivaciones diferentes… Que Mas sea independentista por miedo al 3%  conducente a la cárcel no es algo que se pueda probar. Por otro lado, eso no haría que Junqueras o los de la CUP sean más o menos secesionistas… ¿Qué puede hacer el Estado de Derecho ante estas sospechas de intencionalidades inconfesables?

No sé qué respuesta habría que dar si se demuestra que esto es un artificio montado para proteger los intereses de la clase política dominante.

*En efecto. Pero ¿qué respuesta se le ocurriría?




-¿Qué le parecen las sentencias contra Mas y Homs por la celebración del 9-N?

Quizá lo más relevante de esas condenas no es la demostración de que vivimos en un Estado de Derecho, cosa obvia para casi todos, sino que las leyes no se adaptan a los caprichos de un gobernante. Los gobernantes condenados han dado la impresión de que Derecho es lo que ellos deciden o lo que a ellos les conviene. Y no: es lo que establecen la Constitución y las leyes, y los tribunales interpretan y aplican.

*¿Pero le parece acertada la lectura que hacen los altos tribunales,  a la luz de la doctrina Martín Pallín, de la subsumisión de la prevaricación en la desobediencia? ¿Por qué no se acusó de malversación, cuando es incuestionable que se usaron dineros público en el “proceso participativo”? ¿Le han parecido juicios políticos o politizados los recientes del TSJC y del TS?

Otra cuestión importante es que los juristas que están asesorando el “procés” van a llevar a los gobernantes catalanes a hacer el mayor ridículo de la Historia de esa importante comunidad cultural y política. Los están animando a sostener teorías y reclamaciones que no defiende un solo jurista serio en toda Europa. Aquellos gobernantes deberían contrastar esas opiniones porque los están engañando. Ya sé que se dejan porque les conviene. Pero tienen asombrados a todos los expertos por sus pretensiones de convertir en argumentos jurídicos cualquier improvisación.

*¿Y por qué entonces ni el Consejo, ni la Comisión ni el PE se mojan y nombran la palabra Cataluña y se limitan a adoptar una actitud de escrupulosa neutralidad y de no intervención?
¿Quién está engañando a estos gobernantes catalanes que “se dejan porque les conviene” según dice usted?



-¿Sería partidario de aplicar el artículo 155?

Ese artículo no hay que sacralizarlo ni atribuirle ninguna función que no puede cumplir. Yo soy partidario de que se aplique la Constitución mientras no tengamos otra, y que se aplique toda la Constitución.

*Hombre, esto se presupone, ¿no?

 Si algún día hace falta aplicar el artículo 155, naturalmente que habrá que aplicarlo. En qué términos es otra cosa, porque no hay ninguna ley que lo explique, hay que estudiar qué medidas se adoptan que sean razonables, adecuadas a la situación y proporcionadas, y que impliquen también que el Estado se manifieste como el soberano, porque lo que no puede ser es que el Estado haga dejación de sus poderes esenciales, mientras sea un Estado todavía único.

             *Y en entonces, si esto ocurre, y el Estado “único”, como usted lo llama (¿existen Estados no únicos?)  hace dejación (muchos consideran que ya es el caso) , ¿quién o qué instituciones pueden poner al Estado en su sitio? ¿Cómo forzar al Estado a cumplir con sus obligaciones?

-¿Ha pasado ya el momento del Derecho para pasar al de otro tipo de intervención?



El momento del Derecho no pasa nunca, está siempre presente porque vivimos en un Estado de Derecho y tenemos una Constitución que obedecer y cumplir, eso no hay que olvidarlo. Y Cataluña lo ha olvidado, se ha olvidado de la Constitución y del Estado de Derecho y ahora está siguiendo criterios de actuación que son exclusivamente políticos, a los que hay que responder con otro planteamiento político, pero para reconducir ambos hacia una Constitución respetada sobre la que se tenga la lealtad suficiente como para que podamos seguir funcionando como un Estado de Derecho. Eso es lo que no está ocurriendo. Y cada vez está más deteriorado el sistema.



*¿Ha pasado entonces  ya el momento de usar los tribunales para tratar la cuestión del independentismo?



Se parte de la seguridad de que no habrá jamás una separación de Cataluña, ¿qué país permitiría perder el 20% del territorio? Por lo tanto, habrá que buscar formas de que la integridad territorial se perpetúe para que no sea continuamente conflictiva, que haya respuestas de reincorporación al sistema de los nacionalistas catalanes.

*¿Y cómo se come esto? ¿Qué formas de integridad territorial pueden dar cabida al secesionismo?
¿Sería usted partidario de una Ley de Claridad como la de Canadá en relación con Quebec?



-¿Es cierta la percepción de la opinión pública de que la Justicia está politizada?

Me parece una gran exageración. Una cosa es que a los miembros del CGPJ se les designe por criterios políticos, a una parte, y otra muy distinta es que el ejercicio de la función de juzgar esté politizado. Hay algunos órganos judiciales que están influidos sin duda por el ambiente social y el ambiente político y que tienen que resolver cosas en las que no es posible desvincularse de la política, como el TC en algunos temas, pero el resto de los 5.000 jueces que en España están resolviendo cada día miles de asuntos no están politizados, tienen ideas políticas, lo cual es muy sano, y votan según su criterio, pero no va ningún miembro de ningún partido a decirle lo que deben hacer.

*Sin embargo,  informes ante la ONU de algunas asociaciones españolas de jueces o de la Comisión de Venecia del Consejo de Europa apuntan a una clara falta de independencia en la cúpula de la judicatura española… ¿Cómo resolver esto a su modo de ver?


-Pero sentencias como la del caso Nóos hacen pensar que la Justicia no es igual para todos.

Eso ocurre con los asuntos muy publicitados. No porque a veces la decisión que haya adoptado el tribunal sea cuestionable desde el punto de vista jurídico, sino porque casi todos esos casos están prejuzgados. Los medios, e incluso cada cual en su casa, elabora su sentencia particular. Y cuando la sentencia de los jueces no se ajusta a lo que se espera se dice que está politizada, pero podría también meditarse si no es más cierto que la sentencia es lo justo y tu opinión lo injusto, lo que no está bien juzgado.

*Ya, pero la Democracia es un régimen de opinión pública, sobre todo. ¿Qué hay de malo en que los ciudadanos se escandalicen cuando ven que la justicia no es igual para todos, y que la doctrina Botín no se aplica a la Pantoja pero sí a la Infanta, o que a un robaperas le cae una pena de cárcel y que a un chorizo de guante blanco casi nunca acaba pisando la cárcel? Si la justicia es en teoría la misma para todos, convendrá en que lo medios para defenderse no son los mismos, y que la percepción que se tiene de la Justicia corresponde a situaciones reales sumamente injustas muchas veces. ¿Cómo hacer que la población crea en la Justicia?



-Hay quien dice que la monarquía nos vino impuesta por la dictadura, ¿sería posible un debate república-monarquía?

No. Los que dicen eso se equivocan. Es cierto que Franco hizo una ley se sucesión en la jefatura del Estado, donde estaba previsto que habría una monarquía cuando él se muriera y además que él podría elegir al sucesor, pero el Rey es el Rey y está donde está porque lo dice la Constitución, no porque lo dijo Franco, y los españoles votaron esa Constitución donde figura el papel de la monarquía en el Estado español. No hay rastros del régimen anterior en la Constitución.

*Pero, fantasmas del franquismo al margen, ¿le parece legítimo que se quiera cambiar el modelo de Estado e instaurar una República? ¿Qué circunstancias, o, mejor dicho, qué requisitos deberían darse para que esa pregunta se le pudiera plantear al pueblo español?


-¿Cree que el problema vasco está solucionado desde el punto de vista del Estado de Derecho?

Sí. Cuando no hay una banda terrorista detrás de la política, ésta se mueve por los cauces del diálogo y no hay por qué temer, cada cual puede defender las cosas más extremas. La sensación que da el País Vasco es que se ha convertido en un país constitucional, con sus exigencias, con sus pretensiones de mayor o menor autonomía, con la pretensión de querer otro tipo de relaciones con lo que ellos llaman España.

*¿Considera pues que el relato mayoritario del final de ETA y la situación real que se da en el País Vasco en la sociedad, en relación con los 40 años de terrorismo, son los propios de una sociedad que ha superado el pasado y que camina por la senda correcta?
¿Cree que ha habido una reconciliación entre los independentistas y los no independentistas? ¿Cree que la tentación secesionista no existe en una CA en que el poder lo ostentan los nacionalistas y donde las fuerzas constitucionalistas no alcanzan ni  el 24 % de los votos [Ref. elecciones autonómicas de 2016]?


En otro sentido, las políticas de acercamiento de presos están vinculadas a lo que llaman el desarme total de ETA, la entrega de las armas, y hay que comprender que tengan que vincularse una cosa y la otra.

*¿Hay que comprender que la política penitenciaria se vincule al desarme total de ETA? ¿En qué sentido?


 Pero cuando ETA se haya extinguido del todo y los presos sean unos señores que van envejeciendo en las cárceles, medidas de ese tipo se pueden tomar, siempre que no tengan significación política. Ahora todavía la tienen. La cárcel no es un lugar para la venganza, sino para la reinserción. Cuando uno tiene una condena casi perpetua es difícil que al salir se integre.

*Sin embargo, los presos ya van saliendo de las cárceles conforme a los plazos de sus sentencias, lejos de los cumplimientos totales, por las reducciones que prevé el ordenamiento. ¿Por qué el acercamiento ha de producirse como medida que coadyuve a la reinserción y por qué ha de vincularse a la extinción de ETA?





-¿Pero alguien como Otegi tiene legitimidad para presentarse a unas elecciones?

No. Personas que han sido terroristas deberían tener una inhabilitación perpetua.-

*Entonces, ¿una persona como el norirlandés recientemente fallecido Martin McGuinness, orgulloso miembro del IRA, no debería haber sido nunca diputado y mucho menos ministro y  viceministro principal del Ulster…?



...

Y una pregunta extra:

¿Cómo se puede recrear un consenso de lealtad constitucional?

Manguitos verdes

La fiscalía investiga ahora su hay desobediencia, prevaricación...y ahora sí: malversación.

Aquí.

viernes, 24 de marzo de 2017

Valientes y heroínas

Una periodista valiente.
Aquí.

Y aquí una heroína..

Sacro imperio europeo

Fuertes y Sosa a vueltas con el proyecto europeo --siempre en marcha, si bien "a la velocidad a la que crecen los árboles" Tusk dixit--, en vísperas del 60º aniversario de los Tratados de Roma.

Una historia de éxito, a pesar de todo.

Aquí.


Contra los populismos y los nacionalismos (même combat), fue creciendo la Europa unida.
Con el eje franco-alemán liderando el proceso.
Sólo cada vez más unida, es decir una Europa plenamente federal y a una sola velocidad, ésta podrá, no sólo recuperar el liderazgo mundial perdido en tantos asuntos y sectores, sino simplemente sobrevivir.


...

Un Partido Europeísta en cada Estado miembro (no sólo del Atlántico a los Urales sino sobre todo de la Democracia Cristiana y el Conservadurismo al Socialismo Democrático pasando por el Liberalismo) es lo que más brilla por su ausencia.
Una fuerza que ocupe el 70% del espacio electoral basada en lo que une y no en los matices que separan.

Y urge una ley electoral europea que permita candidatos comunitarios optando a diputados en todos los Parlamentos nacionales.



jueves, 23 de marzo de 2017

En passant par la Lorraine

El TS, y se dijo, no ve prevaricación en Homs, solo absorción de la prevaricación por parte de la desobediencia.

Aquí la sentencia.




"[...] la Sala entiende que los hechos declarados probados sólo pueden ser sancionados como
constitutivos de un delito de desobediencia, sin que podamos acoger la fórmula
concursal sugerida por el Ministerio Fiscal. No estamos en presencia de un concurso
de delitos, sino de un concurso de normas en el que el desvalor de una de las acciones
–la desobediencia- absorbe a la otra –la prevaricación-.
En efecto, la punición del Sr. Homs como autor de un delito de prevaricación, con
fundamento en esas omisiones que permitieron el desarrollo del proceso de
participación, implicaría vulnerar el principio de proporcionalidad o, desde otra
perspectiva, desbordar la medida de culpabilidad. Y es que cada una de esas omisiones
no son sino secuencias de una desobediencia más amplia, aquella que impulsó al
acusado a menospreciar el mandato del Tribunal Constitucional. Condenar por un
delito de prevaricación, tomando como acción típica las conductas omisivas del
acusado –no paralizar las obras para acondicionar la infraestructura de seguimiento de
las votaciones, no suspender la impartición de cursos a voluntarios por el Centre de
Telecomunicaciones i TecnoLogías de la Informació (CTTI), no interrumpir la
instalación de programas en los ordenadores previamente adquiridos para su posterior
reparto en los centros escolares en los que se desarrolló la votación y, en fin, no
paralizar la campaña publicitaria y de buzoneo puesta en marcha días atrás- supondría
fragmentar artificialmente una conducta omisiva que sólo se explica por su unidad.
Las distintas omisiones no son sino manifestaciones de la contumacia del acusado, de
su resistencia a someterse al mandato del Tribunal Constitucional. Si bien se mira, la
injusticia de esas omisiones –elemento insustituible del tipo objetivo del delito de
prevaricación- sólo podría apoyarse, en su caso, en la conducta desobediente que ya ha
sido objeto de punición."


....

Es decir, ne bis in idem.
doctrina José Antonio Martín Pallín de 2006 (STS 327/2006), Sala de lo Penal del TS.

Aquí.

"[...] 2.- Ahora bien, estos mismos actos y resoluciones que, en si mismo, puede ser descalificados, son el único elemento sobre el que se puede hacer un juicio negativo de la actuación de la mayoría del Ayuntamiento. Acertadamente ha sido considerada claramente, como un acto de incumplimiento meditado y consciente de una forma abierta de desobediencia, pero no puede ser, a su vez, considerado como un acto de prevaricación ya que, con ello, se incurre en un rechazable e inadmisible "bis in idem". El mismo comportamiento, se considera constitutivo de una desobediencia cuando la decisión no ha sido totalmente arbitraria y contraria, por mero capricho, al orden jurídico, sino una decisión de incumplir una resolución judicial que solo puede merecer reproche, como constitutiva de una desobediencia".


...

Ya se puede ahorrar Sánchez-Ulled su recurso,  y concentrarse en la defensa del Reino de España cuando pasando por un puente de Lorena son sus zuecos, camino de la vecina Alsacia, llegue a Estrasburgo.






Los ayudantes

Sólo hay un ser más despreciable que el verdugo: su ayudante.
Aquí.

À bout de souffle

Ya preparan las papeletas y los sobres.
Algo pues se votará y en breve.
Aquí.

Yo pecador

Votar no es pecado, dice Ramoneda, Josep, desde su púlpito.
E insta a negociar al Gobierno con los que quieren imponer su voluntad.
Aquí.

Como si el llamar al diálogo presupusiera que quieren dialogar algo que no sea lo que quieren no dialogar.

Votar no es pecado, pero impedir que los demás voten tal vez sí, hermano Josep.

One minute

A las 9h 35, hora local, ha habido un minuto de silencio en la Cámara de los Comunes en recuerdo de las víctimas de ayer.

Un minuto.  Todos los diputados en pie y en silencio. Y nada de auto aplausos, luego. Back to business.

No los 10 o, con suerte, 20 segundos simbólicos de paripé que se estilan en España.

Un minuto es muy largo y da para pensar con calma.


Crónica de una deslealtad anunciada

El Parlament se ha vuelto a poner una vez más al margen de la ley.
Aquí.
Y los demócratas que quedan en él, en vez de ausentarse, porque la democracia no se vota, han avalado con su presencia el suma y sigue de la deslealtad institucionalizada, 64 a 62 votos.
Aquí.

El mismo día en que el Supremo ponía una de las dos mejillas.

El mismo día en que todo un Francesc de Carreras propone una mesa para hablar de lo que unos españoles quieren imponer a todos los españoles.
Aquí.

Sólo falta ya poner la cama. Y pagar el bebercio.
Todo se andará.

miércoles, 22 de marzo de 2017

Ne bis in idem bis repetita

El Supremo ha dictado sentencia contra Homs. Por unanimidad de los 7 jueces.
Desobediencia y nada más.
Espaldarazo al TSJC con todos los pronunciamientos.
Habrán descorchado unos cavas Barrientos y sus dos compañeros de sala...

Aquí.

El TS apunta a que hubo malversación, pero como la fiscalía no tuvo a bien, pues nada. Haberlo pensado mejor, nenes.


En cuanto a la prevaricación, nada: ne bis in idem, pues desobedecer subsume prevaricar en este caso según el TS, versión Martín Pallín.

Así las cosas, ya sabemos cómo resolverá el TS el recurso de la fiscalía, que aún no se ha redactado y que bien se podría ahorrar Sánchez Ulled, visto lo visto.

Ahora, al Constitucional todos los condenados, corriendo corriendo a ver qué delicatessen se sacan de la manga los jueces, y luego pitando a Estrasburgo, donde sólo se juzgará si el Reino de España se ha propasado  o no con estas sentencias.


Este es el resultado, por querer judicilizar el prusés.

Todo el mundo ha tomado buena nota.
Puigdemont el primero.
Ya se visualizó ayer la papeleta de la CUP: escocesa a morir.
Y Rajoy solo ante el peligro, como Gary Cooper, pero ne menos donoso.


Es que estos indepes son un poco desobedientes, criaturitas...



....

Mientras tanto en el Parlament, los desobedientes, ponen la directa.
Aquí.




Desintox

En Francia se estila cuestionar las afirmaciones de los candidatos y revelar sus mentiras.
Aquí.
Tods mienten pero unos mienten más que otros.

No sé qué efecto tiene esto en el elector, pero a Jordi Gracia y a su furor de votar en conocimiento de causa seguro que les gustaría que esto se instaurase en España.
Aquí.



Zarzueleta

Artur Mas sólo concita a un centenar de falangistas en los Madriles, figurante(s) de una zarzuela de bolsillo.
Aquí.

En cuando al debate de ideas, vuelo gallináceo... por ambas partes.

El discurso de Mas pidiendo un nuevo proyecto para Cataluña no se atrevería a decirlo en Barcelona. Suena a hemeroteca de hace diez o quince años.
Y por boca de Margallo nos enteramos de que en Venezuela no se cumplen las leyes. Menuda dictadura más floja.

El libreto un desastre, y a los figurantes de las Jons, bocadillo y cerveza.

El holandés errático

El jefe del eurogrupo, como su partido (socialista)  ha sido destruido en las elecciones en los Países Bajos, y sabe que se le acaba el chollo, intenta zancadillear a Guindos, sabedor de que el racismo es libre. No es la primera vez que hace declaraciones extemporáneas el grotesco personaje.
Aquí.

Es triste para el proyecto europeo que este tipo de declaración xenófoba no tenga consecuencias inmediatas.

martes, 21 de marzo de 2017

Donde dije vérité digo volonté

Fillon, después del escándalo nepotista que lo ha llevado al banquillo de los acusados, ha decido cambiar su lema de campaña: del "Le courage de la vérité  (La valentía de la verdad) a "Une volonté pour la France" (Una voluntad para Francia).
Supongo que para evitarse aún más cachondeos.

Ici.

Cómo no decae la prevaricación


Los hechos son los hechos (y no los hechos editorializados por Xavier Vidal-Folch, el indultador en su crónica par El País:

"[Sánchez-Ulled] defendió ese concurso ideal de delitos con la boca pequeña. Primero porque optó sobre todo por la prevaricación omisiva —por pasiva y no por activa— que la doctrina discute vivamente y que no era la acusación directa".

o reinterpretados  por Arcadi Espada, el debelador, en EM:  


" [Sánchez-Ulled] Lo hizo tan rematadamente mal que durante la vista oral se permitió incluso decirle al presidente Barrientos: "El Ministerio fiscal no se hace cuestión en este punto y se remite al criterio que adopte la Sala". Este punto era el delito de prevaricación". 


  

Los hechos (jurídicos, en este caso) son:

HECHO PRIMERO.- El presente Procedimiento Abreviado se abrió por transformación de las Diligencias Previas tramitadas ante este mismo Tribunal con el nº 16/2014, iniciadas a querella del Fiscal y de las entidades y personas que aparecen personadas como acusación popular. El auto de transformación se dictó el 28 de junio de 2016, con el alcance dispuesto en dicha resolución, para disponer el trámite de calificación por las acusaciones personadas. SEGUNDO.- Calificados provisionalmente los hechos por las acusaciones, en fecha 13 de octubre de 2016 recayó auto de apertura del juicio oral, teniendo por dirigida la acusación contra las personas y por los delitos identificados en el anterior encabezamiento. TERCERO.- Una vez fueron calificados los hechos por las defensas de los tres acusados dichos, se clausuró la fase intermedia del proceso y fue elevada a la Sala para conocimiento plenario. CUARTO.- Recibida la causa en el Tribunal de enjuiciamiento, una vez quedó éste constituido formalmente con sus tres miembros, fueron proveídas las pruebas propuestas por las partes para el desarrollo del juicio oral y se dispuso por el Sr. Letrado de la Administración de Justicia fecha y hora para el inicio de las sesiones del juicio oral, convocando a todas las partes para las 09:00 del día 6 de febrero del año en curso. QUINTO.- Iniciada la vista oral con media hora de retraso sobre el horario previsto, resueltas las cuestiones previas planteadas por las partes, escuchados los acusados, los testigos y peritos propuestos, así como la documental cuya exhibición o simple reproducción había sido pedida por las partes, éstas, por su orden, calificaron definitivamente los hechos e informaron al Tribunal en defensa de sus respectivas conclusiones. SEXTO.- El Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos como constitutivos de un delito de desobediencia grave cometido por autoridad pública del art. 410.1 del Código Penal y de un delito de prevaricación administrativa del art. 404 del Código Penal , en su redacción anterior a la dispuesta por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, ambos en la relación de concurso ideal prevista en el art. 77.1 y 2 del Código Penal , de los que estimó responsables a los acusados D. Claudio , Da. Casilda y Da. Dolores , el primero a título de autor material de ambos delitos y las dos acusadas a título de cooperadoras necesarias de cada uno de ellos, sin la concurrencia en ninguno de ellos de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal; para terminar interesando, para el caso de optar por la punición única como solución al concurso, para el acusado D. Claudio de la pena de inhabilitación especial, durante diez años, para el ejercicio de cargos públicos electivos ya sean de ámbito local, autonómico o estatal, así como para el ejercicio de funciones de gobierno tanto en el ámbito autonómico como en el del Estado, y para las acusadas Da. Casilda y Da. Dolores las penas, a cada una de ellas, de inhabilitación especial, durante nueve años, para el ejercicio de cargos públicos electivos ya sean de ámbito local, autonómico o estatal, así como para el ejercicio de funciones de gobierno tanto en el ámbito autonómico como en el del Estado; y para el supuesto en que se optara por la punición separada de ambos delitos, reclamó para el acusado Sr. Claudio , por el delito de desobediencia, la pena de multa de seis meses con una cuota diaria de doscientos (200) euros, con la responsabilidad personal subsidiaria correspondiente si no fuere abonada, e inhabilitación especial, durante un año y seis meses, para el ejercicio de cargos públicos electivos ya sean de ámbito local, autonómico o estatal, así como para el ejercicio de funciones de gobierno tanto en el ámbito autonómico como en el del Estado, y por el delito de prevaricación la pena de inhabilitación especial, durante ocho años, para el ejercicio de cargos públicos electivos ya sean de ámbito local, autonómico o estatal, así como para el ejercicio de funciones de gobierno tanto en el ámbito autonómico como en el del Estado; y para las acusadas Sras. Casilda y Dolores , a cada una de ellas, por el delito de desobediencia la pena de multa de cinco meses con una cuota diaria de doscientos (200) euros, con la responsabilidad personal subsidiaria correspondiente si no la abonaren, e inhabilitación especial, durante un año y un mes, para el ejercicio de cargos públicos electivos ya sean de ámbito local, autonómico o estatal, así como para el ejercicio de funciones de gobierno tanto en el ámbito autonómico como en el del Estado, y por el delito de prevaricación, la pena de inhabilitación especial, durante siete años y seis meses, para el ejercicio de cargos públicos electivos ya sean de ámbito local, autonómico o estatal, así como para el ejercicio de funciones de gobierno tanto en el ámbito autonómico como en el del Estado. Pidió también la condena en costas de los acusados por terceras e iguales partes. SÉPTIMO.- La acusación popular, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos como constitutivos de un delito de desobediencia a mandato judicial previsto en el art. 410.1 del Código Penal y de un delito de prevaricación del art. 404 del Código Penal , de los que estimó responsables en concepto de coautores a los acusados D. Claudio , Da. Casilda y Da. Dolores , solicitando para cada uno de ellos, por el delito de desobediencia, las penas de multa de doce meses, a razón de 100 euros por cada cuota diaria, e inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos ya sean de ámbito local, autonómico o estatal, así como para el ejercicio de funciones de gobierno tanto en el ámbito autonómico como en el del Estado, por tiempo JURISPRUDENCIA 3 de dos años; y por el delito de prevaricación administrativa la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de diez años. Y, alternativamente, para la eventualidad de ser considerados ambos delitos en concurso ideal interesó una penalidad única, para cada uno de los tres acusados, de diez años de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos ya sean de ámbito local, autonómico o estatal, así como para el ejercicio de funciones de gobierno tanto en el ámbito autonómico como en el del Estado OCTAVO.- La defensa del acusado D. Claudio elevó a definitivas las conclusiones provisionales en las que había negado la comisión de delito alguno, para terminar por interesar la libre absolución de su defendido. NOVENO.- La defensa de la acusada Da. Casilda elevó también a definitivas las conclusiones provisionales en el sentido de negar que hubiere cometido delito alguno, por lo que interesó la absolución de su defendida. DÉCIMO.- Por su parte, la defensa de la acusada Da. Dolores elevó a definitivas las conclusiones que había formulado como provisionales, en las que había interesado ya la libre absolución de su defendida en el entendimiento de que no había cometido delito alguno. DÉCIMO PRIMERO.-Finalmente, cada uno de los acusados hizo uso de su derecho a dirigir al Tribunal la última palabra, tras lo cual se declaró el juicio visto para sentencia.”

 ….

Para los que no les baste leer la sentencia y quieran ver y oír, está el vídeo de la vista oral: el pasaje dedicado en las conclusiones de Sánchez-Ulled. Un par de minutos monográficos  [1h 29 a 1h 31] sobre la prevaricación (nada omisiva), el concurso ideal de ésta con la desobediencia y la alusión a la doctrina Martín Pallín.

Afirma Xavier Vidal-Folch:

 “[Sánchez Ulled] defendió ese concurso ideal de celitos con la boca pequeña. Primero porque optó sobre todo por la prevaricación omisiva —por pasiva y no por activa— que la doctrina discute vivamente y que no era la acusación directa.  Y segundo porque se apoyó en alguna sentencia, pero sin ardor. Reconoció que parte de la mejor jurisprudencia le contradice.
Así, la STS 327/2006 (ponente, José Antonio Martín Pallín) establece que un acto de “abierta desobediencia”, de ninguna manera “puede ser, a su vez, considerado como un acto de prevaricación ya que con ello se incurre en un rechazable e inadmisible bis in idem”, condenar por doble partida un único hecho. No serían pues delitos concurrentes, sino alternativos: uno u otro.”

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No hay que estar por Salamanca aprobado para entender que Martín Pallín dice que desobediencia y prevaricación no son dos delitos separados, porque si fueran lo mismo serían delitos concurrentes y no podrían ser castigados más que como uno solo, por la regla del ne bis in idem. Es decir que para Martín Pallín desobediencia y prevaricación son los mismos delitos  [el caso era el de un ayuntamiento al que se le obligaba a poner en marcha una incineradora y no lo hizo porque consideró que a falta de informe de impacto ambiental y porque no sabía si podía ser perjudicial y contaminante para los habitantes de la localidad: no cumplió así pues la orden, es decir no volvió a poner en marcha la incineradora, y Martín Pallín considera que el Consistorio desobedeció lo mandado por los jueces per no incurrió en prevaricación, a pesar de haber ratificado el pleno la paralización de la planta incineradora].
Pero Sánchez-Ulled no se acoge a esa jurisprudencia, él sostiene que hay concurso ideal y dos tipificaciones y dos bienes jurídicos a proteger.

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QUIZ:

¿Sánchez-Ulled “reconoció que la mejor jurisprudencia  le contradice"?

-No. 
Dice que sabe que hay otra jurisprudencia, pero que sabe que existe la de Pallín.

¿Dice Sánchez-Ulled que la sentencia Pallín le contradice?

-Sí.
Dice que somete a consideración de la Sala elegir entre Pallín y la tesis que él defiende: el concurso ideal de dos delitos. 

Recuérdese que al final, en su sentencia,  el TSJC se apartó de la tesis Pallín y no condenó por prevaricación a los tres acusados, apartándose pues de las conclusiones de la fiscalía en su informe de conclusiones definitivas.

Conclusión: por eso ahora Sánchez-Ulled recurre, para que el TS estime su pretensión de prevaricación por separado y desautorice al TSJC.



Veremos qué hace ahora el TS, si aplica la línea Pallín, como el TSJC, o le da la razón al fiscal y falla que sí hubo concurso ideal de dos delitos, prevaricación y desobediencia, y que cada delito lleva aparejada su sanción penal separada, y que las sanciones se acumulan. Es decir si apoya al fiscal en sus pretensiones.



El minuto clave.

Escuchen a Sánchez-Ulled entre 1h 29´30´´ y 1h 30’ 30´´.

Con la boca bien grande.


 Aquí el video:

https://www.youtube.com/watch?v=-LgN4xZcmas&t=5440s



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Una cosa es que el fiscal ilerdense sea un mandao, como lo son todos los fiscales en España (menos los Fiscales Generales del Estado, muy alguna vez, y por eso Torres o Madrigal ya no están), pero otra es que se le convierta en el "burro dels cops", incluso por motivaciones opuestas.