El TSJC no ha admitido siquiera a trámite sendas querellas por rebelión y sedición contra la resolución parlamentaria del 9-N, anulada por el TC.
Dice que no se da el supuesto de "empleo de la fuerza", indispensable para calificar esos dos delitos.
Que es como reconocer que los actos parlamentarios y legislativos carecen de fuerza, son mera desiderata.
Trazar líneas en el agua marina no servirá de nada: tarde o temprano, el independentismo asimptótico dejará de serlo, y entonces sea tal vez tarde. La fuerza que cuenta es la de los hechos, tien razón el TSJC, pero la de los hechos consumados, pequeño matiz.
Barrientos, la primera en la frente.
Y mientras tanto, en Madrid, Sánchez prepara y adoba las libras de carne para las fieras corrupias que lo encumbrarán.